¿Qué tener en cuenta a la hora de realizar obras en una vivienda de alquiler?
¿Qué tener en cuenta a la hora de realizar obras en una vivienda de alquiler?

Es normal que en algún momento quieras y decidas realizar obras en tu vivienda, ya sea por estética, funcionalidad o averías. Sin embargo, hay algunos aspectos que se deben tener en cuenta para querer realizar obras en una vivienda de alquiler.

Como administradores de fincas, en Fincas Olivares estamos al corriente de todos los derechos, deberes y últimas novedades para fincas de alquiler. Así pues, a continuación vamos a centrarnos en las obras que pueden realizarse en una vivienda de alquiler e información relevante que deberías saber.

¿Puedo hacer obras en una vivienda de alquiler?

En algunos casos, se detalla en el contrato las obras o qué reformas en casa puede hacerse en una vivienda de alquiler. En caso contrario, es importante conocer lo que dice la ley al respecto, en este caso, la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Obras de conservación de la vivienda

Las obras de conservación de la vivienda se realizan con el objetivo de mantener la vivienda en condiciones óptimas para que pueda ser habitada. Además, según el artículo 21.1, de la ley de arrendamientos urbanos, “el arrendador está obligado a realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad para servir al uso convenido”.

Obras de mejora de la vivienda

Las obras de mejora de la vivienda son aquellas que no son indispensables para el mantenimiento de la vivienda, pero aumentan la comodidad y confort.

En este caso y según el artículo 22.2, “El arrendador que se proponga realizar una de tales obras deberá notificar por escrito al arrendatario, al menos con tres meses de antelación, su naturaleza, comienzo, duración y coste previsible. Durante el plazo de un mes desde dicha notificación, el arrendatario podrá desistir del contrato, salvo que las obras no afecten o afecten de modo irrelevante a la vivienda arrendada. El arrendamiento se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.”

¿A quién debo pedir permiso para realizar obras en mi vivienda de alquiler?

Sin autorización del arrendador, el arrendatario no podrá comenzar con las obras en su vivienda.

Así mismo, según el artículo 23.2 de la Ley de arrendamientos urbanos, “el arrendador que no haya autorizado la realización de las obras podrá exigir, al concluir el contrato, que el arrendatario reponga las cosas al estado anterior o conservar la modificación efectuada, sin que éste pueda reclamar indemnización alguna.”

¿En qué horario se pueden realizar obras casa?

Las obras en una vivienda se pueden realizar los días laborables de 8h-21 horas y los días festivos de 9:30-21:30 horas.

¿Cómo podemos ayudarte en Fincas Olivares?

En Fincas Olivares estamos dispuestos a ayudarte en la administración de tu inmueble o la comunidad de tus vecinos.

Si necesitas más información sobre tus derechos como inquilino o alguno de nuestros servicios, no dudes en contactar con nosotros a través del formulario de contacto, enviando un correo a info@fincasolivares.com o llamando al 934 87 22 16.