Con el comienzo de la campaña de la Declaración de la Renta este 2023, que se extenderá hasta el próximo 30 de junio, comienzan a surgir preguntas y dudas entre los inquilinos de pisos de alquiler. Si actualmente te encuentras en esta situación no pierdas detalle.
Fincas Olivares, expertos en la administración y gestión de fincas en Barcelona, cuenta con la experiencia y el conocimiento de profesionales en el sector inmobiliario que te ayudarán a saber que hacer para incluir el alquiler en la declaración de la renta.
¿Qué pasos debe seguir el propietario para incluir el inmueble?
Para incluir el alquiler de un inmueble por parte del propietario este debe incluir en las casillas adecuadas tanto los ingresos como los gastos generados por el inmueble durante el periodo correspondiente. Los pasos que se deben seguir son:
- Abrir el borrador de la Declaración solicitado por el propietario
- En el apartado C de bienes inmuebles seleccionar la vivienda alquilada durante 2022
- Añadir los ingresos y los gastos generado por el alquiler en la casilla 102
- Aplicar el 60% de reducción sobre el rendimiento neto en la casilla 150
- Aplicar el 60% de reducción sobre el rendimiento neto en la casilla 0150
- Integrar el resultado en la base imponible general
¿Qué gastos puede desgravarse el propietario?
Desde la posición del propietario, éste tiene derecho a desgravarse los siguientes gastos:
- Hipoteca
- Gastos derivados de la reparación y conservación de la vivienda
- Amortización de bienes inmuebles
- Seguros
- Obras para la mejora de la eficiencia energética
- Comunidad
- Impuestos
¿Qué gastos puede desgravarse el inquilino?
En primer lugar hay que tener en cuenta que hay dos condiciones que el inquilino debe cumplir para poder desgravarse el alquiler:
- Haber firmado el contrato de arrendamiento antes del 1 de enero de 2015.
- Haber tenido derecho a la deducción por alquiler de la vivienda habitual de acuerdo con las cantidades satisfechas por el alquiler de dicha vivienda en un período impositivo devengado antes del 1 de enero de 2015.
Si cumple estos requisitos los inquilinos podrán deducirse el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por el alquiler de su vivienda habitual, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Además, podrán aplicar la deducción por alquiler de vivienda habitual que para cada ejercicio haya aprobado la Comunidad Autónoma donde se ubique el inmueble en cuestión.
Fincas Olivares, expertos en la administración y gestión de fincas en Barcelona
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