¿Puede un propietario recuperar su vivienda alquilada?
Fincas Olivares | ¿Puede un propietario recuperar su vivienda alquilada?

¿Puedes recuperar tu vivienda alquilada? ¿Puede pedirte el propietario del inmueble que abandones la vivienda? La respuesta es sí, pero deben cumplirse una serie de requisitos y sucesos para poder hacerlo.

En Fincas Olivares, administradores y expertos en el sector inmobiliario te contamos en qué ocasiones puede suceder esto.

Recuperar la vivienda en caso de necesidad

Un propietario puede recuperar su vivienda alquilada y denegar la prórroga forzosa del contrato siempre que la necesite para sí mismo o para familiares de primer grado de consanguinidad, es decir, padres. hijos (por consanguinidad o por adopción) o cónyuge.

¿En qué casos puede recuperar un propietario su vivienda en alquiler?

Las condiciones para recuperar la vivienda varían en función de la fecha del contrato de alquiler.

Contratos firmados entre el año 2013-2019

La Ley de arrendamientos urbanos en el artículo 9.3 recoge que se puede recuperar la vivienda en caso de necesidad de la vivienda por parte del arrendador, un familiar de primer grado o su cónyuge en el caso de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.

La duración mínima de los contratos de alquiler son de 3 años y la recuperación de la vivienda no tiene la obligación de constar en el contrato de arrendamiento. Además, debe incluir una situación de prórroga de obligatorio.

Contratos firmados entre el año 2019 – Actualidad

Los contratos firmados desde marzo de 2019 recogen algunos cambios en el artículo anterior:

  • En el contrato se debe incluir la cláusula que permita recuperar la vivienda por necesidad, en caso contrario, el arrendador no tendrá ningún derecho a ello.

¿Cómo recuperar la vivienda alquilada?

  • En los pisos firmados a partir de junio de 2013 debe haber transcurrido el primer año de contrato de alquiler.
  • Notificar al arrendador la necesidad y sus causas con al menos dos meses de antelación antes de necesitar y que el inquilino deba abandonar la vivienda, sino se pacta otra. cosa.
  • El propietario dispone de 3 meses a partir del desalojo para utilizar la vivienda o la persona cuya necesidad.

¿Qué sucede si el inquilino no desaloja la vivienda en el plazo establecido?

En este caso, la única vía a la que se puede recurrir es a través de acciones judiciales de resolución de contrato por la necesidad de recuperar la vivienda en cuestión.

¿Qué sucede si el arrendatario no utiliza la vivienda pasado los 3 meses?

El arrendador dispone de 3 meses para hacer uso de la vivienda. En caso contrario, el arrendatario tiene un plazo de 30 días para reclamar una de estas dos opciones:

  • Volver a la vivienda con un nuevo período de hasta 5 años de duración del contrato con las mismas condiciones que el contrato anterior y una indemnización por todos los gastos ocasionados por el desalojo de la vivienda y su reocupación.
  • Reclamar una indemnización. Una mensualidad por año incumplido del contrato hasta un total de 3 años.

Asesoramiento con Fincas Olivares

Si te encuentras en esta situación en cualquiera de las partes afectadas y necesitas asesoramiento, no dudes en contactar con nosotros. En Fincas Olivares somos expertos en asesoría fiscal y jurídica en Barcelona.

Asimismo, también ofrecemos el servicio de mediación inmobiliaria para la resolución de conflictos que intenta ayudar a llegar a un acuerdo entre las partes afectadas.