Que la declaración de la renta 2024 no te pille desprevenido

Quedan unas dos semanas  para la declaración de la renta 2024, uno de los acontecimientos más esperados y temidos del año, y es que cualquier detalle importa. Por eso, una vía a la que cada vez más personas optan es la tramitación mediante un administrador. Puede dar apuro dejarlo en manos de un desconocido, pero, ¿y si te dijéramos que nosotros podemos ayudarte

¡No dejes que se te pase la declaración de la renta 2024!

El 2 de abril comienza la campaña de la declaración de la renta 2024, con un plazo que se extiende hasta el 30 de junio de 2025.

Atención: Si el resultado de tu declaración es a ingresar y deseas domiciliar el pago en cuenta, el plazo se acorta hasta el 25 de junio.

Durante estos tres meses, la Agencia Tributaria ofrece diferentes opciones para presentar la declaración según la vía elegida:

  • Online: Del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
  • Telefónica: Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025.
  • Presencial: Del 2 de junio al 30 de junio de 2025.

Si prefieres hacer tu declaración por teléfono o de forma presencial en las oficinas, es obligatorio solicitar cita previa. Está disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio y desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio, respectivamente.

Puedes pedir tu cita a través de la web de la Agencia Tributaria o llamando a los siguientes números: 91 553 00 71 / 901 22 33 44 o teléfonos automáticos: 91 535 73 26 / 901 12 12 24.

Recuerda que si eres o te has convertido en propietario, ya sea de una vivienda en propiedad o en alquiler, deberás declarar los movimientos monetarios de la operación, así como las ganancias en caso de haber vendido un inmueble.

¡Pero no solo eso! También puedes desgravar algunos pagos, como ciertos gastos de la hipoteca, de la operación de arrendamiento o  de obras en tu vivienda antes de venderla, por ejemplo.

Tu administración de confianza también puede ser tu gestora en la declaración de la renta

Sí, el proceso de declaración de la renta puede ser más sencillo de lo que se piensa, pero no se puede negar que puede llegar a ser largo y arduo, y llegar a darnos pereza o incluso pudor realizar algún paso mal o no disponer de los documentos necesarios en el momento de confección presencial o telefónica.

¡Pero tenemos buenas noticias! Nos alegra mucho poder contarte que disponemos de una nueva prestación de gestión de declaración de la renta.

Nuestro equipo de Fincas Olivares, quienes te podrán ayudar gestionando tu declaración de la renta de 2024. Puedes solicitar toda la información al respecto contactando con nosotros, estaremos encantados de atenderte.

Necesitarás tener contigo la documentación necesaria

Para presentar la declaración de la renta de 2024, es importante contar con ciertos documentos, ya que la Agencia Tributaria los solicitará para verificar distintos datos. Los más relevantes son:

  • Renta 2023.
  • DNI de todos los miembros de la familia.
  • Certificados de ingresos-2024, de todos los miembros de la familia.
  • Certificados de Bancos y Cajas de Ahorros 2024 (Renta y Patrimonio).
  • Recibos IBI-2024 de todas las propiedades. Si está pagando hipoteca tendrá que aportar certificado/2024.
  • Si tiene propiedades alquiladas, importe de los ingresos y gastos-2024. Si pertenecen a una Comunidad de Bienes: modelo 184/2024.
  • En el supuesto de que sea inquilino/a, tendrá que aportar datos del propietario/a y n.o referencia catastral del local, piso, etc. que tenga alquilado.
  • Si es usted empresario/a: pagos fraccionados por anticipado de la renta 2024 (modelos 130/131), en el supuesto de que esté acogido/da al sistema de módulos, precisamos los datos-base para el cálculo de estos; si el sistema en el cual está es Estimación Directa, los datos que nos tendrán que aportar serán: importe ingresos, compras, sueldos y salarios, seguridad social, autónomos, alquileres, reparaciones y conservación, suministros, gastos financieros, amortizaciones y otros gastos deducibles.
  • Si ha vendido propiedades inmobiliarias: escritura de compra y gastos de adquisición, escritura de venta y gastos de transmisión.
  • En el supuesto de que efectúe aportaciones a Planes de Pensiones o posea una Cuenta-vivienda, necesitaremos el certificado correspondiente.

Además, si puedes y quieres acceder a deducciones o beneficios fiscales, deberás aportar:

  • Justificantes de ingresos y gastos deducibles (facturas, contratos)
  • Si se trata de una adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo, los saldos pendientes de amortizar del préstamo original. Si es con hipoteca, los recibos de los seguros.